ABECÉ DE LA LEY DE MODERNIZACIÓN DEL SECTOR TIC
¿Cuál es el objetivo de la Ley?
La Ley hará de la tecnología una herramienta para
la equidad, pues crea las condiciones para incentivar la inversión privada en
el sector TIC, generar certeza jurídica y facilitar el despliegue de
infraestructura de alto costo, de manera que se pueda conectar a Internet a la
población vulnerable y de escasos recursos, además de las zonas rurales y
apartadas del país.
Igualmente, garantiza el incremento de los
recursos para la generación de contenidos de interés público, especialmente los
producidos desde las regiones; la protección de los derechos de todos los
ciudadanos; el fortalecimiento de la televisión pública, y la simplificación y
modernización del marco institucional.
¿Cómo se focalizará la inversión del sector?
¿Cómo se focalizará la inversión del sector?
El Estado promoverá prioritariamente el acceso a
las TIC para la población pobre, vulnerable, y en zonas rurales y apartadas del
país. Además, asegurará que los recursos del Fondo Único de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones (TIC) se destinen específicamente a garantizar
el acceso, uso universal y apropiación de las tecnologías, el desarrollo de la
radiodifusión sonora y la televisión pública, y la promoción de contenidos
multiplataforma de interés público. De esta manera, se promoverá la inclusión y
se acelerará el cierre de la brecha digital.
¿Cómo se entregarán los permisos para el uso del espectro radioeléctrico?
¿Cómo se entregarán los permisos para el uso del espectro radioeléctrico?
La asignación del espectro procurará la
maximización del bienestar social, en términos de reducción de la brecha
digital; acceso universal; ampliación de la cobertura: despliegue y uso de
redes e infraestructura, y la mejora de la calidad del servicio, así como la
certidumbre de las condiciones de inversión. Esta requerirá permiso previo y
expreso del MinTIC, que realizará mecanismos de selección objetiva, según una
convocatoria pública, para su otorgamiento.
¿Cuál es el plazo y renovación de los
permisos para el uso del espectro?
El plazo de uso del espectro se amplía de un
límite de hasta 10 años a uno de hasta 20 años, con la posibilidad de ser
renovado por un periodo igual, previo a la verificación de requisitos de
calidad, cobertura, inversión, renovación tecnológica y maximización del
bienestar social, entre otros criterios. Esta renovación no podrá ser gratuita
y automática, y debe hacerse seis meses antes de vencerse el permiso.
¿Cómo será la contraprestación económica
por el uso del espectro?
Todos los proveedores de redes y servicios de
telecomunicaciones, así como los operadores del servicio de televisión (excepto
los públicos), deberán pagar una contraprestación a favor del Fondo Único de
las TIC, cuyo monto será fijado mediante resolución por el MinTIC teniendo en
cuenta diversos criterios contenidos en la Ley.
La contraprestación podrá pagarse hasta en un 60%
a través de la ejecución de obligaciones de hacer, un mecanismo en el que se
sustituye el pago por el despliegue de infraestructura u otro servicio técnico
pactado, con el objetivo de ampliar la calidad, capacidad y cobertura del
servicio, beneficiando a la población objetivo. Estas obligaciones tendrán la supervisión
e interventoría técnica del MinTIC y en ningún caso suplen las obligaciones que
asume el prestador de redes y servicios de telecomunicaciones.
¿Por qué se crea un regulador único?
Con el objetivo de ajustar la institucionalidad
del sector TIC a las nuevas dinámicas del mercado y garantizar la certeza
jurídica, se crea el regulador único e independiente en Colombia, que será la
nueva Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC). Estará conformada por dos
salas de decisión que regularán lo relacionado con el pluralismo informativo y
la defensa del televidente, y la regulación técnica y de mercado del sector.
Esta Comisión no estará sujeta a ningún control jerárquico o de tutela, y sus
actos solo serán susceptibles de control ante la jurisdicción competente.
¿Cómo estará conformada la nueva Comisión
de Regulación de Comunicaciones?
Para el cumplimiento de sus funciones, y como
instancias que sesionarán y decidirán los asuntos a su cargo de manera
independiente entre sí, la Comisión tendrá dos sesiones:
a) Sesión de Comisión de Contenidos
Audiovisuales: principal interlocutor con los usuarios de televisión y la
opinión pública en relación con la difusión, protección y defensa de los
televidentes. Estará integrada por tres comisionados: uno elegido por los
operadores públicos regionales de televisión y dos a través de concurso público
liderado por una universidad pública o privada, quienes representarán a la
sociedad civil y al sector audiovisual. Los comisionados serán elegidos por 4
años, no reelegibles.
b) Sesión de Comisión de Comunicaciones: responsable de la provisión de redes y servicios de comunicaciones, incluyendo el servicio de televisión abierta y radiodifundida. Estará integrada por tres comisionados elegidos a través de concurso público realizado por Función Pública, y el Viceministro de Conectividad de MinTIC, por un periodo de cuatro años, no reelegibles.
b) Sesión de Comisión de Comunicaciones: responsable de la provisión de redes y servicios de comunicaciones, incluyendo el servicio de televisión abierta y radiodifundida. Estará integrada por tres comisionados elegidos a través de concurso público realizado por Función Pública, y el Viceministro de Conectividad de MinTIC, por un periodo de cuatro años, no reelegibles.
¿Qué pasará con la Autoridad Nacional de
Televisión (ANTV)?
A partir de la vigencia de la Ley, se suprime y
se liquida la Autoridad Nacional de Televisión. En consecuencia, todas las
funciones de regulación, inspección, vigilancia y control en materia de
contenidos serán ejercidas por la nueva Comisión de Regulación de
Comunicaciones, y las demásfunciones de inspección, vigilancia y control serán
del MinTIC. Las funciones de protección de la competencia y del consumidor
serán ejercidas por la Superintendencia de Industria y Comercio. El proceso de
liquidación deberá concluir en un plazo de seis meses.
¿Cómo estará conformado el Fondo Único de
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones?
Los derechos, el patrimonio y los recursos de
FonTIC y de FonTV harán parte del Fondo Único de Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones. Su objeto es financiar los planes, programas y proyectos
para facilitar prioritariamente el acceso y el servicio universal a las TIC y
garantizar el fortalecimiento de la televisión pública. Su inversión se
focalizará en la masificación del acceso, uso y apropiación de la tecnología y
cerrar la brecha digital, así como en la promoción de contenidos
multiplataforma.
¿Se garantizarán los recursos de la
televisión y la radio pública?
Como garantía de la televisión y de la
radiodifusión sonora pública, se mantendrá anualmente, por lo menos, el monto
máximo de recursos que desde la creación del FonTV fueron destinados por este a
RTVC y a los canales regionales de televisión. Así mismo, se mantendrá, por lo
menos, el monto promedio destinado a RTVC por el FonTIC desde su creación para
la radiodifusión sonora pública. Estos montos serán traídos a su valor presente
al momento de la entrada en vigor de la Ley y esta base será ajustada en el
mismo porcentaje de variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
¿Qué pasará con los medios públicos,
particularmente con los canales de televisión?
Mantendrán su autonomía en la creación y emisión
de contenidos, dentro del marco de las disposiciones constitucionales.
¿Se promocionarán los contenidos
multiplataforma de interés público?
El Estado garantizará la promoción de los
contenidos multiplataforma de interés público, a nivel nacional y regional,
para difundir los valores cívicos; el reconocimiento de las diversas
identidades étnicas, culturales y religiosas; la equidad de género; la
inclusión política y social; la integración nacional; el fortalecimiento de la
democracia y el acceso al conocimiento, en especial a través de la
radiodifusión sonora y la televisión públicas, así como el uso de nuevos medios
públicos mediante mecanismos multiplataforma.
¿Cuál será la importancia de la Radio
Televisión Nacional de Colombia (RTVC)?
El Fondo Único podrá transferir a RTVC, gestor de
la radio y la televisión pública, los recursos para la prestación del servicio
y el fortalecimiento de la radio y la televisión públicas, la administración,
operación y mantenimiento de la red pública nacional, la migración de los
medios públicos a las plataformas convergentes, la producción de contenidos, y
la recuperación de la memoria de la radio y la televisión públicas.
¿Cuál es la importancia de la Ley para la
inclusión y la protección de los derechos de los ciudadanos?
A través de los servicios básicos de las TIC, el
Estado garantizará la libertad de expresión, de difusión, de pensamiento y de
opiniones; el libre desarrollo de la personalidad; la información veraz e
imparcial; la educación y el acceso al conocimiento, la ciencia y la cultura.
El Estado establecerá programas para que la
población pobre, vulnerable, que no tiene ingresos fijos y que vive en zonas
rurales tenga acceso y uso a las plataformas de comunicación e Internet, así
como a la promoción de servicios TIC comunitarios. La promoción del acceso a
las TIC se hará con pleno respeto del libre desarrollo de las comunidades indígenas,
afrocolombianas, palenqueras, raizales y Rrom.
